La norma precisa que las horas dejadas de laborar durante este día deberán ser compensadas en los 10 días posteriores, o previo acuerdo con el titular de cada entidad pública, en función a las necesidades requeridas.
Asimismo, los titulares de las entidades deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la provisión de servicios indispensables para la sociedad durante el feriado no laborable.
Sector privado
La aplicación de esta normativa es para el sector público, sin embargo, el sector privado puede acogerse a esta disposición, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, en el que se define la recuperación de horas dejadas de laborar.
Las entidades y empresas privadas que realizan servicios esenciales como los sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; deben determinar cuáles son los puestos que sí pueden tomar el feriado no laborable y cuáles son los que deben continuar laborando a fin de garantizar la correcta prestación de servicios a la comunidad.
Feriados que quedan en el 2022
Los feriados que quedan hasta diciembre de este año son los siguientes:
Jueves 8 de diciembre, viernes 9 de diciembre, y domingo 25 de diciembre
Para lo que resta del año, los trabajadores del sector público tendrán dos días más declarados como días no laborables:
Se trata del lunes 26 de diciembre y viernes 30 de diciembre.
Con información de Infobae