La Fiscalía Superior Mixta de Jaén, a través de la disposición 02-2024, emitida el último 30 de abril, discrepa con la decisión tomada por Calderón Vílchez. Considera que las pruebas recabadas durante el juicio, como la pericia psicológica, el certificado de médico legal, la entrevista única en cámara Gesell y el acta de constatación fiscal, son suficientes elementos de convicción para demostrar la responsabilidad de Enrique Guevara.
Respecto a las presuntas contradicciones en las que habría incurrido la menor sobre la cantidad de veces o fechas en las que fue ultrajada, la Fiscalía Superior señala que, en este tipo de delitos, donde la menor agraviada tiene una afectación psicológica, solicitar que recuerde detalles exactos es un requerimiento impropio. Por lo tanto, considera que las conclusiones expresadas en la audiencia de juicio oral por el fiscal de San Ignacio no se encuentran fundadas.
Con esta decisión, el caso retornará al Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Jaén, quienes tendrán la responsabilidad de condenar o absolver a Enrique Guevara Rivera. Cabe señalar que el acusado se encuentra actualmente en libertad, pues el retiro de la acusación fiscal facilitó su excarcelación del Penal San Rafael, donde cumplía prisión preventiva.