“No ha reconocido una etapa en donde se haya permitido a la ciudadanía ejercer control sobre la idoneidad de los candidatos, ni tampoco una etapa o etapas que permitan publicitar, de forma expresa y con amplitud, la información que se haya obtenido de la instituciones que guardan información relevante para este fin, como la obtenidas de la Contraloría General de la República, el Poder Judicial, el Ministerio público, entre otros”, se menciona en la resolución judicial.
De otro lado, el juez hace referencia a un pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que, en el caso de la elección de miembros del Tribunal Constitucional del 2019, expresó que “todo proceso de selección debe garantizar los principios de publicidad y transparencia, asegurando que el proceso sea abierto al escrutinio y participación de los sectores sociales”.
“Se ordena a la presidente de la mencionada comisión especial (María Alva) suspender, de manera provisional, el actual procedimiento de elección del nuevo defensor del pueblo convocado por la actual Comisión Especializada del Congreso de la República, hasta que se culmine la tramitación del presente proceso. Bajo los apercibimientos de ley por su incumplimiento”, se lee en la parte resolutiva.
Como se sabe, el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo había presentado la medida cautelar para paralizar el proceso de elección del nuevo titular de la institución.
Con información de Infobae