Contraloría cuestiona contrato de Sedalib por S/ 4,4 millones y señala que el desabastecimiento en La Libertad fue causado por una deficiente gestión

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La Contraloría General de la República (CGR) evidenció que la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad (Sedalib S.A.) contrató el servicio de alquiler de equipos informáticos y soporte técnico in house (en sitio) mediante un procedimiento de selección cuya causal invocada no fue sustentada, permitiendo con ello que una empresa contrate en forma directa y recurrente desde el 2019.

El servicio de alquiler y soporte técnico fue gestionado mediante un procedimiento de selección no competitivo, bajo la causal de desabastecimiento inminente, cuyo carácter extraordinario e imprevisible, así como el plazo para superarlo, no fueron sustentados. Sin embargo, el desabastecimiento no se originó por un hecho extraordinario e imprevisible, sino por la deficiente gestión de contratación de los funcionarios y servidores involucrados.

Así se señala en los propios informes técnico y legal de la entidad, los cuales también precisan que no correspondía invocar una situación de desabastecimiento, debido a que se trató de una contratación consecutiva y recurrente que excedió el tiempo necesario para atender dicha situación. El contrato vigente, por un año y por S/ 4,4 millones, fue suscrito 76 días después de que caducara el contrato anterior, por el mismo plazo y por S/ 2,4 millones.

La Contraloría también determinó que el comité de selección, que declaró ganadora a la empresa en cuestión, no certificó la veracidad del título de ingeniero de sistemas que presentó el profesional clave acreditado como supervisor del servicio contratado. La universidad pública que supuestamente emitió dicho título profesional desconoció su autenticidad e incluso señaló que no fue alumno.

Asimismo, el certificado único laboral presentado no coincide con el documento emitido por el Ministerio del Trabajo y Formación del Empleo, con relación a la formación universitaria. Y la certificación internacional en gestión de proyectos adjuntada, por ser un requisito obligatorio para la contratación, no sería válida porque no figura en los registros de la entidad internacional emisora.

Lo expuesto está contemplado en el Informe de Acción de Oficio Posterior n.º 009-2026-2-0264-AOP (periodo de evaluación del 1 de agosto al 5 de setiembre de 2025), que fue comunicado al presidente del directorio de Sedalib para que adopte las acciones correctivas que correspondan.

Lea la nota original aquí o visita el medio Investiga

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