Utcubamba: compran kit para iniciar proceso de revocatoria de alcalde y regidores de Cumba

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Según el registro de venta de kit electoral para el proceso de revocatoria, emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE; se conoció que se adquirió un kit de revocatoria con el que se busca recolectar las firmas necesarias para solicitar la revocatoria del alcalde y regidores del distrito de Cumba.

Fue el ciudadano identificado como José Audias Ruiz Silva quien adquirió el kit, convirtiéndose así en el promotor de este proceso.

El objetivo es sacar del cargo al actual alcalde de Cumba (Utcubamba – Amazonas) Elvis Robert Ramos Guevara, así como a los regidores Julio Burga Pérez, Juan Clemente Vera Villanueva, Siona Marleny Cárdenas Aguilar, Judith Marilín Pérez Vásquez y José Gregorio Herrera Fernández.

Cabe indicar que para lograr el objetivo se requiere las firmas del veinticinco por ciento (25%) de los electores del distrito de Cumba.

¿Cuál es el proceso que se sigue para conseguir la revocatoria de una autoridad en el Perú?

El proceso de pedido de consulta popular se inicia con la adquisición del kit electoral en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Completada la información requerida en el kit electoral, el promotor deberá presentar los planillones de firmas de adherentes con los respectivos medios magnéticos u ópticos, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para que proceda a verificar la autenticidad de las firmas (25% de los electores de un distrito, provincia o departamento).

RENIEC remitirá a la ONPE, la constancia de haber alcanzado el mínimo requerido; y otorgará al promotor el acta respectiva. En caso de no alcanzar el número de adherentes necesario, se le comunica al promotor para que subsane con la presentación de más firmas.

El promotor presentará la solicitud de convocatoria de consulta popular a la ONPE para su verificación, y cumplidos los demás requisitos de ley remitirá el expediente al JNE.

El JNE convoca a consulta popular de revocatoria de autoridades y fija la fecha de ésta. El JNE puede acumular las iniciativas de consulta popular y someterlas en forma conjunta.

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