Incrementan a 81 los distritos declarados en emergencia por lluvias en la región Cajamarca

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A solicitud del Gobierno Regional de Cajamarca, el gobierno central declara el estado de emergencia en 61 distritos del departamento el día 08 de marzo del 2022, mediante Decreto Supremo N° 18-2022-PCM, debido a los daños tras lluvias extremas, que afectan significativamente la vida y salud de las personas, viviendas, infraestructura educativa y de salud, locales públicos, vías de comunicación, puentes, infraestructura de riego, servicios básicos, etc.

Los distritos declarados son: Condebamba (Cajabamba), Asunción, Encañada, Matara (Cajamarca) Huasmin, Jorge Chavez, José Gálvez, Oxamarca, Sucre, Sorochuco, Utco, La Libertad De Pallan (Celendin) Chota, Chadin, Chimban, Choropampa, Cochabamba, Huambos, Llama Miracosta, Paccha, Tacabamba, Querocoto (Chota), Cutervo, Callayuc, Cujillo, San Juan De Cutervo, San Luis De Lucma, Santa Cruz, Santo Domingo de la Capilla, Sócota (Cutervo).

En Bambamarca (Hualgayoc), Bellavista, Huabal, Chontalí, Pucará, Pomahuaca, Santa Rosa, San Felipe (Jaén), Chirinos, Huarango, La Coipa, San Ignacio, San José De Lourdes, Tabaconas (San Ignacio), Bolivar, Catilluc, San Gregorio (San Miguel), Pedro Gálvez, Chancay, Eduardo Villanueva, Gregorio Pita, Ichocan, José Manuel Quiroz, José Sabogal (San Marcos), San Luis (San Pablo), Catache, Yauyucan, Ninabamba, Sexi, Uticyacu (Santa Cruz).

Sumado a los 20 distritos declarados en estado de emergencia con el Decreto Supremo N° 017-2022-PCM, son en total 81 los distritos declarados por impacto de daños ante la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales.

El Gobierno Regional de Cajamarca y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil y la participación de los Ministerios e instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

 En el D.S. N° 018-2022-PCM, se menciona que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

NDP

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