La intervención tiene como objetivo asegurar el control y el mantenimiento del orden interno en el distrito, así como para prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos.
La Resolución Suprema 111-2022-IN, publicada hoy en la edición extraordinaria del boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, prorroga la intervención de las Fuerzas Armadas por el término de treinta (30) días calendario, del 28 de mayo al 26 de junio del presente año.
La norma recalcó que el control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional y que la actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo.
“La actuación de las Fuerzas Armadas está dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, (…) facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden interno y la interacción con la población”, señaló la resolución suprema.
Asimismo, agregó que la intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente norma, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el país es parte.
El dispositivo legal lleva la firma del Presidente de la República, Pedro Castillo, y es refrendado por el ministro de Defensa, José Luis Gavidia, y el ministro del Interior, Dimitri Senmache.