A través de un pronunciamiento, la Defensoría del Pueblo se manifestó en cumplimiento de su mandato constitucional de protección de derechos fundamentales y supervisión de la buena marcha de la administración pública
«La medida adoptada por el Poder Ejecutivo es inconstitucional por la ausencia de una debida motivación y por ser absolutamente desproporcionada en relación a los hechos de protesta social registrado en Lima y Callao», indicó.
La Defensoría del Pueblo recordó que el Tribunal Constitucional «en reiterada jurisprudencia» ha señalado que los estados de emergencia y las medidas que se imponen a su amparo deben responder de forma inexcusable a los criterios de proporcionalidad y necesidad.
«Derecho al trabajo se verá afectado»
La Defensoría del Pueblo lamentó que la orden de inamovilidad no toma en cuenta los «severos impactos» que causarán a las trabajadoras y los trabajadores del país.
«La mayoría de los cuales laboran en condiciones de informalidad, razón por la que su derecho al trabajo se verá afectado lo mismo que otros derechos como a la alimentación, salud, educación», expresó.
Dado el «carácter intempestivo de la medida», señaló la Defensoría, sus consecuencias serán aún más dañinas y generarán alarma en la población en unas circunstancias en las que se necesita calma y serenidad para resolver el conflicto generado a raíz de las demandas de los transportistas y los agricultores.